Se rebaja la edad para sacarse estos carnés de conducir
La DGT ha anunciado la aprobación en pocas semanas de la reforma de las edades para la obtención de los carnés de conducir para profesionales. Es decir, se rebaja hasta en tres años (de 21 a 18) la edad de obtención de permiso para conducir autobuses y camiones.
La reforma que prepara la DGT sobre la edad de obtención de los permisos de conducir supondrá estos cambios:
- Permiso C (camiones de hasta 7.500 kg). La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
- Permiso C+D (autobuses de más de 17 plazas). La edad mínima será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
- Permiso D1 (autobuses de hasta 17 plazas). La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.
- Permiso D1+E (autobuses hasta 17 plazas con remolque). La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.
- Permiso D y D+E (autobuses de más de 17 plazas con remolque). La edad mínima será de 21 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También, la edad mínima será de 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km. La edad mínima será de 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada.
Pero tras estos puntos señalados la reforma aún afectaría a otros casos. Desde la Fundación Corell se señala que “dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades”:
- 18 años cumplidos en caso de que se conduzcan estos vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
- 20 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
Fuente: autopista.es
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