Nuevas reformas de la DGT
La primera de estas reformas afectará al Reglamento de Circulación y se refiere al establecimiento de un límite de velocidad de 30km/h para la ciudad (no abarca todo el ámbito urbano, sino que afecta específicamente a las calles de un carril para cada sentido de circulación). Esta reforma está basada en un estudio de la OMS sobre atropellos y velocidad, en el que se establece que el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30km/h en lugar de 50.
La segunda regulará los vehículos de Movilidad Personal (VMP). Estos no podrán circular por las aceras, ni vías interurbanas, tendrán un límite de velocidad de 25 km/hora y se considerarán vehículos y sus conductores serán sancionados por consumo de alcohol y drogas o por llevar auriculares.
Por las calzadas a 30 (límite de velocidad máxima 30km/h) podrán circular todo tipo de vehículos, incluyendo los VMP autoequilibrados y patinetes. Los vehículos de movilidad reducida deberán ir por la acera.
Por las calzadas a 50, podrán circular vehículos que por su construcción puedan circular a más de 25Km/h.
Las bicicletas con o sin pedal asistido tendrán que circular por el carril bici.
Fuente: www.autopista.es/
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