La reducción de velocidad a 90 km/h en las carreteras convencionales entra en vigor este martes 29 de enero
La modificación del Reglamento General de Circulación que contempla esta medida fue aprobada en el Consejo de Ministros del 28 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) al día siguiente, aunque entra en vigor al mes de su publicación, para dar tiempo a los titulares de las vías afectadas a realizar cambios en la señalización.
Este cambio supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos, 90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable, reduciéndolo a una limitación general de 90 km/h. Esto afectará a unos 10.000 km de vías.
Según datos del Ministerio del Interior, en los países en los que la tasa de fallecidos por millón de habitantes en accidente de tráfico es menor, tienen un diferencial del límite de velocidad entre vehículos ligeros y pesados en las carreteras convencionales que oscila entre 0 y 10 km/h.
Fuente: www.elmundo.es
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