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Ya está en vigor la ley que protege más a los ciclistas

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Ya está en vigor la ley que protege más a los ciclistas

Los conductores que cometan una infracción grave de tráfico y, como consecuencia de ello, causen un accidente con víctimas, especialmente ciclistas y peatones, tienen desde mucho más difícil escapar de la justicia penal y recibir solo una sanción civil.

Los agentes de Tráfico están obligados a levantar un atestado de los siniestros y hacérselo llegar a los jueces. Estos ya no podrán decidir subjetivamente que no existe un delito penal y archivarlo.

Hasta ahora, en muchos casos, incluso accidentes con muertos, los tribunales optaban por considerar que se trataba de imprudencias leves, que no había delito y el procedimiento era sobreseído. Pasaba a la vía civil, donde las víctimas están menos protegidas, ya que tiene que enfrentarse, en una correlación de fuerzas muy desigual, a las aseguradoras. Lo cual suele traducirse en indemnizaciones inferiores.

Un conductor que sea castigado penalmente por un siniestro de este tipo, desde 2019 se arriesga a penas de cárcel de hasta nueve años si causa varios fallecidos o hasta cuatro si abandona el lugar del siniestro.

Con la modificación introducida ahora se envió a las policías con competencias de tráfico una circular en la que se recogía, con criterios unificados a nivel nacional, los accidentes en los que será necesario elaborar un atestado que se hará llegar al juzgado correspondiente.

Con esto se trata de dar una tutela penal, mucho más sólida y beneficiosa, a las víctimas, de modo que sean adecuadamente resarcidas y reparadas moral y económicamente. Se busca evitar que un siniestro pueda acabar con una sentencia condenatoria en una provincia, mientras que en otra un accidente similar se archive o ni se inicie el procedimiento.

En defensa de los ciclistas, la DGT introdujo a finales de marzo en la reforma de la Ley de Tráfico la nueva normativa respecto a cómo adelantarles. La misma establece que «hay que guardar una distancia mínima de 1,5 metros, aunque haya que pisar la línea continua para ello. Si la calzada tiene dos o más carriles por sentido, es obligatorio cambiar completamente de carril para realizar la maniobra». En caso de que no se haga así, y se ponga en peligro a esos usuarios vulnerables, o se les entorpezca, el conductor del otro vehículo perderá seis puntos del permiso, y recibirá una sanción de 200 euros.

 

Fuente: elmundo.es

 

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