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Más obligaciones para los talleres en la documentación sobre residuos

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Más obligaciones para los talleres en la documentación sobre residuos

 

Tras el estudio del proyecto de Real Decreto por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del estado, aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros y de inminente publicación en el BOE, el Área de Medio Ambiente de CONEPA ha informado a sus asociaciones miembros sobre las principales novedades que incorpora.

La entrada en vigor del mismo va a suponer cambios importantes en la documentación generada en el taller en lo que a gestión de residuos respecta.

Actualmente el taller tiene la obligación de archivar y conservar la siguiente documentación en materia de residuos peligrosos:

– Contrato con una empresa autorizada para la recogida de los residuos peligrosos. La normativa actual no contempla el contenido de dicho contrato, ahora sí lo va a hacer.

-Documentos de aceptación.

-Documentos de Control y Seguimiento (DCS).

-Archivo cronológico.

Con la aprobación del nuevo Real Decreto la documentación cambia:

– Contrato de tratamiento de residuos. En esta ocasión el Real Decreto especifica el contenido.

-Documento de identificación.

Suplirá las funciones del actual DCS. Será cumplimentado por el taller y entregado al transportista para que acompañe al residuo en todo el traslado.

– Notificación Previa, con las exclusiones recogidas en el artículo 3.

La enviará el taller, al menos 10 días antes de que se produzca el traslado. Habrá la posibilidad de crear una notificación general para múltiples traslados con una vigencia de tres años
Los trámites se realizarán por vía electrónica, por lo que aquellos talleres no informatizados deberán ponerse al día con las tecnologías. Aunque existe la posibilidad de autorizar al gestor para tramitar esta documentación, habrá que ver cómo se materializa dicha posibilidad. Además, las CCCAA tendrán un régimen transitorio de dos años para adaptarse a la nueva normativa.

Fuente: Conepa.es

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