A pesar de superar la velocidad legal en estas situaciones los radares no multan
Los radares que controlan la velocidad sólo multaran si detectan a un vehículo circulando por encima del margen de error, de tal forma que es frecuente que un buen número de vehículos pueda circular sin que sean multados, a pesar de circular ligeramente por encima del límite de velocidad legal establecido.
Por eso es importante conocer cuáles son los márgenes de error establecidos en la normativa española:
- Radares de tramo: el margen de error es de +3 km/h hasta 100 km/h y de +3% a partir de 100 km/h.
- Radares fijos y radares móviles de trípode o instalados en vehículos parados: el margen de error es de +5 km/h hasta 100 km/h y de +5% a partir de 100 km/h. Dentro de este tipo de margen de error, se incluirían los radares Veloláser.
- Radares aéreos (helicópteros Pegasus): el margen de error es de +5 km/h hasta 100 km/h y de +5% a partir de 100 km/h.
- Radares en instalación móvil sobre vehículo: el margen de error es de +7 km/h hasta 100 km/h y de +7% a partir de 100 km/h. En un tramo de autovía/autopista con límite de 120 km/h, al aplicar ese 7%, el radar no se activará hasta superar los 128,4 km/h.
En España hay en la actualidad 780 radares fijos, 545 radares móviles y 92 radares de tramo, según los datos publicados por la Dirección General de Tráfico, aunque el objetivo de la DGT es ampliar la cifra en varios centenares más en los próximos años.
Fuente: autopista.es
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