Un transporte escolar seguro
Las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores están establecidas en el Real Decreto 443/2001 de 27 de abril, donde se tratan aspectos como antigüedad de los vehículos, inspecciones…
Es muy importante que:
- Llevarán un indicativo de transporte escolar en la parte anterior y posterior del vehículo.
- No rebasarán los 16 años antigüedad.
- En la documentación figurará que ha superado una inspección técnica anual si tiene menos de 5 años y semestral si supera esa antigüedad.
- Disponer de seguro obligatorio y otro complementario que cubra responsabilidad civil por daños y perjuicios.
- Dispones de una autorización especial para el transporte escolar.
- El autobús dispondrá de plazas para personas con discapacidad.
- Los bordes de la escalera deberán ser de colores vivos y el suelo será antideslizante.
- Las puertas deben disponer de barras para facilitar la subida y bajada.
- En el caso de los asientos ubicados frente al hueco de las escalera o los que no estén protegidos por el respaldo de otro, llevarán un elemento fijo de protección. Si son niños de 5 a 11 años los cinturones tendrán tres punto de anclaje y dispondrán de cojines elevadores.
- Como máximo la duración máxima del tiempo de viaje no será superior a 1 hora.
Un menor sin las medidas adecuadas de retención, multiplica por 5 las posibilidades de sufrir lesiones mortales, además 9 de cada 10 lesiones infantiles graves o mortales se evitarían si se utilizara algún tipo de sujeción.