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¿Es legal grabar desde el coche?

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¿Es legal grabar desde el coche?

Muchas veces vemos en las redes sociales imágenes de conductores temerarios que son denunciados por otros conductores.

Son imágenes grabadas desde el interior de un coche. En ellas se ven excesos de velocidad, conducción temeraria, intentos de fraude al seguro…Instalar una cámara puede ser una idea muy atrayente, y hay un modelo, de hecho, que la integra como opción. Se trata de la Connected Cam del Citroën C3, pensada para el ocio (hacer fotos o vídeos cortos para compartir) y para la seguridad. Este dispositivo va constantemente grabándolo todo y eliminándolo pasados dos minutos. Solo almacena los archivos cuando se pulsa para hacer una foto o vídeo, y si se produce un accidente.

No hay ninguna normativa expresa sobre la posibilidad de llevar o no cámaras de grabación en vehículos privados. Pero a la pregunta ¿es legal tener una cámara de grabación en tu coche? Y la respuesta no es clara: depende del tipo de grabación, para qué la utilices y cómo.

¿Las imágenes en caso de accidente se podrían utilizar? La última palabra, al final, la tiene el juez. Si son imágenes que muestran solo el momento del siniestro y se presentan únicamente como prueba documental del juicio para reclamar la culpabilidad del contrario, nos podrían ayudar en nuestra defensa.

¿En el caso de una infracción de tráfico? Aquí hay que tener cuidado, ya que al grabar las matrículas de otros, podemos estar vulnerando la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Esto se considera una sanción grave y el usuario podría llegar a pagar hasta 300.000 euros.

Recuerda que la grabación de imágenes de vía pública con fines de seguridad está reservada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Además si estás pensando en publicarlas en una red social, ten cuidado, ya que podríamos estar hablando de una vulneración del honor y de un delito de injurias o calumnias, si se nos ocurre hacer algún comentario acusando a la persona de un delito.

Y si manipulamos la cámara del coche, la Ley de Seguridad Vial entiende que si se disminuye la atención permanente en la conducción, como sería el caso, el conductor puede ser sancionado con 200 euros y 3 puntos.

 

Fuente:motor.elpais.com

 

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