España se sube al nuevo estándar de seguridad infantil en carretera. Aquí lo más importante que entra (o ya entró) en vigor:
1. Adiós a las sillas R44 — Hola i-Size (R129)
- Desde el 1 de septiembre de 2024, solo se pueden vender SRI con la normativa ECE R129 (i‑Size). Quedan prohibidas las nuevas homologaciones bajo R44/04.
- ¿Qué implica? Se aprecia el cambio de criterios: ahora se clasifica por altura del niño, no por peso o edad, y se incluyen pruebas de impacto lateral más exigentes.
2. ¿Puedo seguir usando mi silla antigua R44?
Sí, siempre que esté en buen estado. La venta está prohibida, pero su uso sigue siendo legal por al menos ocho años desde su compra.
3. Normas actuales según la DGT
- Todos los menores de 1,35 m deben viajar en un SRI homologado.
- Viajar en sentido contrario a la marcha es obligatorio hasta los 15 meses (o alrededor de los 71 cm), aunque se recomienda mantener esta posición más tiempo por seguridad.
- Se aconseja seguir usando el SRI hasta los 150 cm, aun cuando deje de ser obligatorio legalmente.
4. Ubicación del SRI en el coche y seguridad extra
- Siempre que sea posible, el niño debe ir en los asientos traseros.
- Solo puede ir delante si:
- No hay asientos traseros.
- Están ocupados por otros menores con SRI.
- No se pueden instalar los SRI en los asientos traseros.
- En caso de colocarlo delante (sobre todo a contramarcha), es obligatorio desconectar el airbag.
5. Multas si no cumples
Viajar sin SRI adecuado o con el menor sin silla puede acarrear una multa de 200 € y pérdida de 3 puntos del carnet de conducir.